Desde 1576 en el Mundo se habla del termino “Soberanía”, pues por allá fue Jean Bodin quien asomó una definición de este término escribiendo lo siguiente: soberanía es el «poder absoluto y perpetuo de una República», por supuesto, este concepto abstracto dejo abierto el concepto para erradas interpretaciones y vagas aplicaciones en la realidad con poca Justicia social, entonces fue Thomas Hobbes en 1651 en el libro Leviatan, quien hace una modificación del concepto pero este justifica acciones autoritarias de parte del estado,”La ley civil y ley natural no son especies diferentes, sino parte distintas de la ley; de ellas, una parte es escrita, y se llama civil; la otra no escrita, y se denomina natural”.
No fue sino en 1972 cuando Jean-Jacques Rousseau quien se acerca mucho más al concepto con aplicación a las realidades de la sociedad, “Cada ciudadano es soberano y súbdito al mismo tiempo, ya que contribuye tanto a crear la autoridad y a formar parte de ella, en cuanto que mediante su propia voluntad dio origen a esta, y por otro lado es súbdito de esa misma autoridad, en cuanto que se obliga a obedecerla”.
Entonces nuestra constitución dice es su Artículo 5 establece que “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos”.
Es por esto que sin duda, nuestro orden jurídico desde el año 1.999 nos ofrece una visión amplia y profundamente filosófica, adaptada a los tiempos de profundización en la democracia y su carácter protagónico, también establecido por primera vez en dicha constitución, por consiguiente en el devenir del tiempo, en 19 años de cambios y transformaciones sociales, de adquisición de experiencia en la praxis de esta herramienta, se comienzan a extrapolar esto hacia la idea de construcción del Poder Popular, pues este constructo social, es el horizonte a alcanzar por quienes tienen la visión de una País profundamente Humano y de justicia social, donde todas y todos tengan la determinación de decidir sus destinos en todos los niveles del poder y ubicación geográfica.
“La presente Ley tiene por objeto desarrollar
y consolidar el Poder Popular, generando condiciones
objetivas a través de los diversos medios de participa
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ción y organización establecidos en la Constitución de
la República, en la ley y los que surjan de la iniciativa
popular, para que los ciudadanos y ciudadanas ejerzan
el pleno derecho a la soberanía, la democracia parti
-
cipativa, protagónica y corresponsable, así como a la
constitución de formas de autogobierno comunitarias
y comunales, para el ejercicio directo del poder”. Articulo 1 Ley organica del Poder Popular.
Sin duda a ley orgánica del Poder Popular es uno de los documentos más importantes de la realidad histórica actual no sólo de Venezuela, sino que irradia ejemplo al mundo, porque expresa hacia donde están dirigidos los esfuerzos colectivos, de la Venezuela del Futuro, donde reine el autogorbierno y la real planificación local, con profunda participación y protagonismo comunitario y colectivo, incluso trascendiendo fronteras burocráticas, semi feudales de la geometría del Poder y la visión social demócrata de la Participación y el sufragio, pues sufragar para el Poder Popular ya no es solo una eventualidad, sino que es cotidiano y en todos los niveles de participación, respaldados en un acto realmente revolucionario que es la Asamblea.
Artículo 3.
El Poder Popular se fundamenta en el principio de soberanía y el sentido de progresividad de los
derechos contemplados en la Constitución de la República, cuyo ejercicio y desarrollo está determinado
por los niveles de conciencia política y organización
del pueblo.
Entonces como podríamos comenzar a definir Poder Popular Sonoro, bueno nos falta explicar que es este concepto, no hay sólo razón conceptual para plantearlo, desde ese punto de vista, consideramos que este se resume en la Participación plena y consecuente de los actores comunitarios de la Sonoridad Venezolana y Nuestro Americana, en función de tomar decisiones a través de las Asambleas en su radio de acción geográfico e incluso a nivel nacional, en un mismo momento o en simultaneo, con la finalidad de sistematizar sus decisiones y con progresividad ir asumiendo el Poder en función de cambiar sus realidades tanto cotidianas como históricas, asumiendo los principios de Soberanía e Independencia, cultural y social, Político, ecológico, entendiendo la visión amplia de la sociedad y ubicando al ser humano no en el epicentro sino en parte de todo el sistema, que en su sonoridad guarda particularidades que nos hacen Soberanos y defenderlo es parte de los resultados que emergen de ejercer este fenómeno sociológico que es practicar El Poder Popular Sonoro.
No se trata de defender un género, quizá si un mensaje, pero la sonoridad cuando hablamos de soberanía incluso trasciende el hecho de sólo hacer música, porque desde la micro biología hasta la macro sonoridad es importante visualizar para asumirla y defenderla en el carácter Soberano de hacer valer e identificar entonces que defender, que investigar, que documentar, que promocionar, que replicar, que reconstruir, que hacer evolucionar, desde el punto de vista que venimos analizando, pues el Hecho Sonoro sin duda, es una ciencia compleja que amerita de científicos, sobre todo populares, que pasen por todos los procesos ya mencionados, como un hecho más social que meramente academicista, sin rayar en la mediocridad ni en la alienada visión de algunos músicos de que somos un país “sub desarrollado” nos tenemos que arrodillar ante lo que las “potencias” han investigado y tienen como “verdad” en el hecho Sonoro.
Para construir el Poder Popular Sonoro urge construir una linea Nacional de Investigación, donde participen varias disciplinas de la ciencia, utilizando herramientas de la filosofía, con carácter popular y Radicalmente anti Imperialista y anti capitalista, pues este proceso debe ser Político-Técnico, de nada sirve de que sólo sea Político o que sólo sea técnico. Con participación de todas y todos los vinculados al hecho sonoro, desde allí pues comenzar a construir desde todos nuestros procesos una Gran Escuela, de investigación y acción Participativa, con una metodología revolucionaria, que todos los días ella misma se corrija y evolucione para hacerla cada vez más perfectible y adaptada a las necesidades colectivas y de participación Popular.
Por: Ricardo Puño Alzao
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